Perro de Asistencia

El perro de asistencia ha sido adiestrado para acompañar, conducir, ayudar e incluso a auxiliar de la persona a quien se le haya asignado.

INVIRTIENDO EN LO SOCIAL GANA TODA LA SOCIEDAD

Derecho de Acceso

Acceder, circular y permanecer en todos los lugares, espacios, establecimientos y transportes que determina la ley en compañía del perro de asistencia, sin obstáculos ni interrupciones y en condiciones de plena igualdad que el resto de la ciudadanía.

Lugares excluidos:

a) Zonas de transformación de alimentos o de uso exclusivo del personal de restaurantes y cafeterías.
b) Quirófanos y áreas en centros sanitarios con condiciones higiénicas especiales.
c) El agua de las piscinas y las atracciones de los parques acuáticos.
d) El interior de las atracciones en los parques de atracciones.

Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía.

Más información

🌐 Perros de asistencia en Andalucía

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